Las apps no se libran de la ciberokupación

| 24 enero, 2023 | 0 comentarios

Las apps no se libran de la ciberokupación

Apropiarse en Internet de la reputación de una marca registrada es tan sencillo que está a la orden del día y las apps, ni muchos menos, se encuentran exentas de peligro.

Registrar un dominio que incluya una marca ajena como, por ejemplo, userfacebook.com, wwhatsapp.com, tiktok-awards.org o tinderplus.com no solo es posible, sino que dichos casos son reales. Al fin y al cabo, solo se necesitan unos minutos, una tarjeta bancaria y conexión para hacerlo. 

Bien es cierto que el simple hecho de ser titular de ese .com, .es o .org no supone cometer ningún tipo de infracción; pero también sí lo supone cuando se recurre a utilizar una marca ajena con la pretensión de beneficiarse de alguna manera de su reputación, ya sea mediante phising, aprovechándose de los errores al teclear de los usuarios para redirigir tráfico a otra web (en la que se ofrezcan productos o servicios similares) o para cualquier otra actividad ilícita. En términos legales esto se resume como ‘mala fe’ y se da con una frecuencia que asusta. 

Por poner algunas cifras, en 2022 fueron más de 5.764 los casos de controversias de dominio que tramitó la Oficina Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y España ocupa el noveno país del mundo en número de víctimas de la ciberokupación.

El sector de las tecnologías de la información e Internet es, además, el segundo preferido por los ciberokupas, solo por detrás del sector de la banca. Para hacernos una idea, que se sepa, Instagram se ha enfrentado al menos a 200 de estas controversias desde su creación.

Marca registrada, app segura

Para poder hacer frente a estos casos es imprescindible diseñar una estrategia de protección de la propiedad intelectual en la que se prevea registrar el nombre y el logo de la aplicación en todos los países de interés para las temáticas concretas que abarque. De hecho, obtener el registro y la protección legal frente a terceros que confiere debería ser el primer paso en cualquier proyecto de este tipo.  

Con esos deberes hechos, el titular de la marca puede tratar de llegar a un acuerdo con el ciberokupa. Pero, si el infractor no se atiene a razones y la vía extrajudicial fracasa, acudir al Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI es la forma más efectiva y ágil para resolver estos asuntos.

Ese organismo dispone de un procedimiento administrativo para denunciar los casos de controversias de nombres de dominio. No se trata de un juicio, pero el demandado (de cualquier nacionalidad) puede responder a la queja y, una vez conocidas ambas versiones, un experto resolverá si el dominio se transfiere al demandante, se cancela o si se desestima el caso. En el 90% de las ocasiones, además, ocurre lo primero, y todo ello en menos de tres meses y pagando una tasa razonable.

En el caso de que la infracción de la marca registrada de una app no se produzca a través de una web, sino que sea otra app la que trata de aprovecharse de la reputación ajena, el registro de la marca es también primordial para recurrir ante la App Store o la Play Store, pero, sobre todo, para hacerle ver a cualquier ciberokupa que, tarde o temprano, conseguiremos desahuciarle.      

Las apps no se libran de la ciberokupaciónArtículo elaborado por Laura Montoya, Abogada responsable del Departamento Legal & de Litigios de ABG Intellectual Property, firma especializada en Propiedad Industrial (marcas, patentes, diseños,…) que opera en Europa.

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